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MÉXICO, DF, 4 de junio de 2015.- La Secretaría de Gobernación (Segob) emitió las reglas de operación para la distribución y aplicación de los recursos del Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos, así como para la transferencia, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) la dependencia informa que entre otras reglas, los estados deberán entregar a sus municipios los recursos que les corresponden en los cinco días hábiles siguientes en que reciban los recursos, de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones.
De acuerdo con las reglas, los estados y municipios podrán destinar una parte proporcional equivalente al 3 por ciento de los recursos asignados del fondo para realizar estudios y evaluación de proyectos objeto del mismo.
Los estados y municipios también podrán utilizar los citados recursos como contraparte estatal y en aportación con la federación, siempre y cuando se trate de proyectos o programas federales destinados a los rubros anteriormente citados.
Los recursos otorgados a entidades y municipios a cargo del fondo son de naturaleza federal, por lo que para efectos de su ejercicio, aplicación y control, reintegro, transparencia y rendición de cuentas están sujetos a las disposiciones previstas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Los estados y municipios deberán realizar, de manera detallada y completa, el registro y control correspondiente en materia contable, presupuestaria y de cualquier otro tipo que corresponda, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, que permitan acreditar que el origen, erogación, registro y la documentación comprobatoria corresponde a los recursos que se otorguen a través del fondo.