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MÉXICO, DF, 28 de febrero de 2015.- Durante los juicios de revisión constitucional electoral contra resultados de comicios, los candidatos de los partidos impugnantes tienen derecho a comparecer como coadyuvantes o asistentes, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El juicio de revisión constitucional es el medio por el que los partidos pueden impugnar los resultados de validez de una elección, entre otros actos y resoluciones emitidas por las autoridades locales, dio a conocer la agencia Notimex.
En un comunicado, el máximo tribunal electoral del país recordó que la jurisprudencia emitida por la Sala Superior se originó tras resolver una contradicción entre las salas regionales de Guadalajara y Monterrey.
Subrayó que “la Sala Monterrey consideró que los candidatos sí se encuentran facultados para intervenir con ese carácter, mientras que la Sala Guadalajara les negó tal posibilidad”.
En ese caso la Sala Superior, encargada de resolver las controversias entre las salas regionales del tribunal federal, determinó que la comparecencia a un juicio como coadyuvante es una institución que forma parte del acceso efectivo a la justicia, con lo que dio la razón a la Sala Monterrey.
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http://www.notimex.gob.mx/acciones/verNota.php?clv=252535