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MÉXICO, DF, 16 de febrero de 2015.- Este lunes, el Instituto Nacional Electoral reveló los criterios para el registro de candidaturas a diputados que presenten los partidos o coaliciones políticas para el proceso electoral federal 2014-2015.
El acuerdo entró en vigor el 15 de octubre de 2014 y fue publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación. Estableció que del 1 al 15 de enero de 2015 los partidos políticos nacionales deberían presentar, para su registro, la Plataforma Electoral de sus abanderados.
Entre el 22 y el 29 de marzo deberán presentarse las solicitudes de registro de candidaturas para diputados por el principio de mayoría relativa, tanto propietarios como suplentes, ante el Consejo Distrital respectivo, y por el de representación proporcional ante el Consejo General del INE.
En caso de que los partidos o coaliciones decidan solicitar ante el Consejo General, de manera supletoria, el registro de alguno o la totalidad de los aspirantes a diputados por el principio de mayoría relativa, deberán hacerlo a más tardar el 26 de marzo.
Recibida la solicitud de registro, se verificará que cumple con los requisitos y si se advierte que se omitió alguno, se notificará al partido o a la coalición para que lo subsane o sustituya la candidatura dentro de las 48 horas siguientes, lo cual se podrá realizar a más tardar el 29 de marzo.
En caso de que los partidos excedan el número de candidaturas simultáneas se le requerirá que en un término de 48 horas informe las candidaturas que deban excluirse de sus listas; en caso contrario, el INE suprimirá las fórmulas necesarias, iniciando en los últimos lugares, hasta ajustar el número de 60 candidatos a diputados.
El Consejo General y los Distritales celebrarán el 4 de abril la sesión especial de registro de los aspirantes a diputados por ambos principios que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Las fórmulas de candidaturas para diputados, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, que presenten para su registro los partidos, y en su caso coaliciones, deberán integrarse por personas del mismo sexo.
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